DOI 10.35381/cm.v10i1.1289
Hijos en el divorcio y la separación
Children in divorce and separation
Niurka De Los Ángeles Mejía-Toscano
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0005-6271-5823
Lesly Gissela Tipanguano-Chicaiza
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0005-9837-686X
Samantha Naomi Barreno-Sailema
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0001-1110-314X
Jeannette Amparito Urrutia-Guevara
ua.jeannetteurrutia@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5817-8619
Recibido: 20 de agosto 2023
Revisado: 25 de septiembre 2023
Aprobado: 15 de diciembre 2023
Publicado: 15 de enero 2024
RESUMEN
El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente los hijos en el divorcio y la separación. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se empleó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. La técnica utilizada para recabar información sobre el problema descrito es la encuesta, a través de la aplicación de un cuestionario a 60 pobladores del área rural del cantón Salcedo. Se concluye que, los puntos más detonantes de la violencia intrafamiliar en un proceso de separación; los niños, niñas y adolescentes son vulnerables en cuestión a sus derechos y principios. El desconociendo y la repetición de los actos de violencia han provocado varios desenlaces trágicos por el mero hecho de afectar no solo a la integridad física sino también la psicología.
Descriptores: Divorcio; derechos del niño; derechos de grupos especiales. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general aim of the research was to analyze legally the children in divorce and separation. The present research used the quantitative method which produces descriptive data, originating from data collection. Supported by the documentary-bibliographic review. In addition, the inductive-deductive method was used. The analytical-synthetic method was also used. The technique used to collect information on the problem described is the survey, through the application of a questionnaire to 60 inhabitants of the rural area of the Salcedo canton. It was concluded that the most important triggers of domestic violence in a separation process are children and adolescents who are vulnerable in terms of their rights and principles. The lack of knowledge and the repetition of acts of violence have provoked several tragic outcomes by the mere fact of affecting not only the physical but also the psychological integrity.
Descriptors: Divorce; children's rights; rights of special groups. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
La exclusión de los sectores rurales, desde atención médica y censos, hasta la lucha en contra del analfabetismo. Una de las inherentes consecuencias de la pobreza es la falta de educación, la cual es la base para la ignorancia en muchos temas, y sobre todo en cuestión de lo que buscamos tratar en este artículo, normativas del derecho positivo.
En tese orden de ideas, la Corte Internacional de los Derechos Humanos señaló en la Opinión Consultiva OC-17/02 que el niño tiene derecho a vivir con su familia, llamada a satisfacer sus necesidades materiales, afectivas y psicológicas, y en el caso Gelman vs. Uruguay prescribió que el Estado favorecer, de la manera más amplia, el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar. En ese sentido, la separación de niños de su familia constituye, bajo ciertas condiciones, una violación del citado derecho, pues inclusive las separaciones legales del niño de su familia solo pueden proceder si están debidamente justificadas en el interés superior del niño, son excepcionales y, en lo posible, temporales. Este derecho se amplía también a los familiares maternos y paternos, que también forman parte de la familia. Este ambiente familiar debe ser indiscutiblemente armonioso y sano para el desarrollo de los menores.
Para poner en contexto la problemática que representa en nuestra sociedad el maltrato hacia los niños, niñas y adolescentes por parte de sus padres cuando están en proceso de separación, podemos revisar cualquier medio de difusión de noticias, como los periódicos, la televisión y sobre todo las redes sociales -que son las más rápidas en cuanto a comunicación del momento- o simplemente entablar una conversación con cualquier persona, sobre todo las que viven en las áreas rurales y no tienen conocimiento sobre esta problemática, llegando a normalizarla hasta el punto de hacerla parte de su vida diaria.
El representante de UNICEF en Ecuador, Grant Leaity, afirmó que, de acuerdo a los hallazgos del estudio, en base a la encuesta titulada “Niñez y Adolescencia desde la Intergeneracionalidad”, la violencia afecta más a los niños y niñas entre 5 y 11 años (casi el 50% fue agredido física y psicológicamente), incide de mayor manera en las zonas rurales (42% frente 36% en lo urbano) y es más frecuente en los niños y niñas afroecuatorianos (52%), le sigue la población indígena (48%) y luego la mestiza (34%). (UNICEF, 2016).
De estos actos violentos en el sector rural, una de las situaciones más comunes para este ambiente en el que se da la ineficacia de la ley escrita, es el desconocimiento de esta, desarrollando ignorancia y desencadenando distintas acciones ilegales como lo es la violencia hacia los niños, niñas y adolescentes. Estas situaciones descritas implican la clara vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, por parte de un Estado que invisibiliza a las personas de las áreas rurales e ignora el desconocimiento por parte de las personas de estas áreas hacia las normativas escritas referentes a los derechos que amparan a los menores.
En el Artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador (2008), desarrolla el derecho a la atención prioritaria a grupos de vulneración, donde se contempla como parte de este grupo a los Niños, Niñas y Adolescentes, a quienes a partir de aquí se los mencionará como NNA.
Por otro lado, en el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño. (2006), se establece, En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. (UNICEF,2006).
Las instituciones públicas como privadas dentro de sus funciones tienen la obligación de atender el interés superior del niño. Corresponde a la generación actual exigir que los dirigentes de los gobiernos, las empresas y las comunidades del mundo pongan fin a la vulneración de los derechos de los niños, ahora y de manera definitiva. La violencia intrafamiliar no es un evento aislado u ocasional, es un proceso que a menudo escala en intensidad y puede tener consecuencias fatales, sobre todo cuando se ejerce sobre menores, quienes son más susceptibles a cualquier tipo de acciones violentas y con el agravante de estar conscientes de la separación de su núcleo familiar. Además, la violencia de intrafamiliar puede comenzar con un comportamiento que humilla y conduce al aislamiento y la baja autoestima. Cuando te gritan, te insultan, te atacan, no te están mostrando disciplina y mucho menos amor o cariño; están violentando tus derechos y no debes sentirte responsable ni culparte por estas formas de abuso.
La única forma de difundir las disposiciones legales es a través de El Registro Oficial que es el órgano de difusión del Estado, adscrito administrativa y financieramente a la Corte Constitucional, como consta en la Disposición Transitoria Décimo Segunda de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. (2009), se encarga de la publicación y difusión de la Ley.
Por otro lado, el divorcio del latín divortium, del verbo divertere, separarse, irse cada uno por su lado. Puede definirse como la ruptura de un matrimonio viviendo ambos esposos. (Cabanellas de Torres, 1993).
En este mismo orden, se entiende por maltrato toda conducta, de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente, por parte de cualquier persona, incluidos sus progenitores, otros parientes, educadores y personas a cargo de su cuidado; cualesquiera sean el medio utilizado para el efecto, sus consecuencias y el tiempo necesario para la recuperación de la víctima. Se incluyen en esta calificación el trato negligente o descuido grave o reiterado en el cumplimiento de las obligaciones para con los niños, niñas y adolescentes, relativas a la prestación de alimentos, ¡alimentación, atención médica, educación o cuidados diarios; y su utilización en la mendicidad (Código de la Niñez y Adolescencia, 2019). El maltrato físico puede incluir cosas como golpear, empujar, sacudir, abofetear, patear, pellizcar, sofocar, estrangular y quemar. Podría ser perpetrado por una persona desconocida. O podría estar causado por un conocido, una pareja, un amigo cercano o un miembro de la familia (Cigma Healthwise, 2022).
En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente
los hijos en el divorcio y la separación.
MÉTODO
La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). La técnica utilizada para recabar información sobre el problema descrito es la encuesta, a través de la aplicación de un cuestionario a 60 pobladores del área rural del cantón Salcedo.
RESULTADOS
Se muestra a continuación los resultados obtenidos.
Tabla 1.
Resumen de la encuesta
|
Pregunta |
SI |
NO |
SI % |
NO% |
1 |
¿Conoce usted que existe tipificación jurídica sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes; dentro de nuestro ordenamiento jurídico? |
41 |
60 |
40.6% |
59.4% |
2 |
¿Cree usted que la violencia física es parte del desarrollo de los niños, niñas y adolescentes? |
81 |
20 |
80.6% |
19.4% |
3 |
¿Considera usted a los llamados castigos físicos y psicológicos como un factor que afecta gravemente en la salud del menor? |
44 |
57 |
43.6% |
56.4% |
4 |
Cuando los padres tienen problemas maritales, descargan su ira de alguna manera hacia sus hijos, ya sea física o verbal ¿Conoce usted que este maltrato atenta contra su derecho a la integridad? |
42 |
59 |
40.4% |
59.6% |
5 |
Cuando una pareja demuestra violencia a si misma atribuye la culpa de esto a sus hijos ¿Sabe usted que esto es atentar contra su derecho a la integridad? |
51 |
50 |
50.5% |
49.5% |
6 |
¿Sabía usted que los niños constan con una condición de doble vulnerabilidad otorgada por las garantías de nuestro sistema jurídico? |
22 |
79 |
21.8%
|
78.2% |
7 |
¿Cree usted que, si se diseñan alternativas jurídicas para que tanto los niños, niñas y adolescentes como los padres desde los sectores rurales conozcan sus derechos, disminuirán los índices de violencia? |
101 |
0 |
100% |
0% |
Elaboración: Los autores.
DISCUSIÓN
Al preguntarle a la población acerca de la tipificación de los derechos de los NNA dentro de nuestro ordenamiento jurídico 60 encuestados que representan el 59.4 % afirman no conocer de esta tipificación, convirtiéndose en un hecho de bastante peso al momento de ejercer una disposición sobre sus hijos.
Lo que ha generado una gran grieta en la sociedad, específicamente en estas zonas rurales donde es más probable que exista o este susceptible la vulneración de los derechos de los NNA, siendo nuevamente evidenciado por el porcentaje de personas que consideran los castigos físicos como parte del desarrollo de un niño, un 80.6%, de los encuestados consideran que así, sus hijos al ser adultos serán personas de bien, dejando de lado las consecuencias físicas o psicológicas que pueden surgir a largo plazo, descartando que se puede corregir a un niño de forma respetuosa, nunca considerando que esto sea más eficiente que los golpes, negando así la garantía de un desarrollo integral del niño y a futuro un ciudadano sano que aporte activamente con nuestras sociedad.
Estas repercusiones psicológicas son ignoradas por las personas que las padecen o quienes viven la violencia; un 56.4% de las personas consideran que estos maltratos no afectan de ninguna manera al desarrollo integral del niño, sin embargo el 43.6% argumentan que este tipo de desarrollo si tiene repercusiones de las que ellos son conscientes y de las cuales ellos también fueron víctimas durante su infancia, hasta la actualidad la gran mayoría (78.2%) de ellos siendo inconscientes de que aparte de tener derechos claros, otorgados por el sistema jurídico, este mismo les otorga una condición de doble vulnerabilidad a los niños, esto permite que se siga normalizando los malos tratos a los NNA, al no ser consientes incluso de adultos de que los menores son personas de atención prioritaria ante ojos del Estado, como consecuencia siguen alimentando ese círculo de violencia que se generó en sus hogares y ahora se está presentando nuevamente en las generaciones posteriores. Especialmente la violencia a la que se presenta hacia los niños durante el proceso de separación de sus padres, donde usualmente los adultos sometidos a esta situación tienden a atribuir la culpa de sus problemas a sus hijos, indudablemente ejerciendo algún tipo de agresión sobre los menores.
La agresión sobre los NNA se evidencia durante la encuesta aplicada que un 50.5 % de los encuestados consideran que sus hijos forman parte de los problemas que tiene sus dentro de su matrimonio y así mismo desconocen que el atribuirles estos problemas a sus hijos por medio de algún tipo de maltrato es algo sancionado por la ley. Un 49.5 % de las personas encuestadas han evitado atribuirles esta culpa a sus hijos, buscando una mejor crianza que la que ellos recibieron.
Las personas que han sufrido de maltrato durante su infancia y que ahora lo ejercen contra sus hijos -alimentando a este ciclo de violencia- en su mayoría son personas que no conocen acerca de las leyes y normas que existen en nuestro país para proteger y amparar los derechos de los NNA, sobre todo dentro de las áreas rurales, por la invisibilización de estas zonas y la falta de interés del Estado en la efectiva difusión de sus normas, por esta razón un 100% de las personas encuestadas consideran que el diseño alternativas jurídicas para la difusión de la normativas, asegurará que tanto los padres como los niños, niñas y adolescentes de los sectores rurales conozcan los derechos y garantías de los menores, disminuyendo así los índices de violencia.
CONCLUSIONES
Los puntos más detonantes de la violencia intrafamiliar en un proceso de separación; los niños, niñas y adolescentes son vulnerables en cuestión a sus derechos y principios. El desconociendo y la repetición de los actos de violencia han provocado varios desenlaces trágicos por el mero hecho de afectar no solo a la integridad física sino también la psicología que afecta de manera evidente, con posterioridad en la vida adulta del menor que fue violentado; tomando en cuenta que al ser una zona rural el nulo conocimiento de las normativas ha sido el primer factor al que se debe la vulneración los derechos de los NNA, llegando hasta el punto donde el normalizar estos comportamientos violentos, implementándolos como parte de la crianza del menor. Algo recurrente al momento de la separación es que sean objetos de maltrato en consecuencia de esta situación.
Efectivamente el desconocimiento de la normativa vigente es la base principal de la vulneración de los derechos de los NNA dentro de nuestro país, a pesar de que el Estado pone a disposición de todos los ciudadanos sus normas, leyes y decisiones por medio del órgano de difusión, el Registro Oficial, este no es del alcance de absolutamente todos, aún más sabiendo que una gran parte de la población de las áreas rurales no tienen acceso a la tecnología que se necesita para esto y son iletrados en relación a la misma o simplemente no es de su interés el averiguarlo, conformándose con las costumbre que tienen con respecto a la crianza de sus hijos; también hay que considerar que dentro de estas áreas rurales abunda el analfabetismo, siendo un tema que complica aún más la difusión de información y normativas. Así que cosas como un registro digital o un simple afiche de información no es suficiente para mitigar la ignorancia respecto al ordenamiento jurídico de nuestro país.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Sede Ambato, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/i1ch
Asamblea Nacional. (2009). Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Ley 0. Registro Oficial Suplemento 52 de 22-oct-2009.Estado: Vigente. https://n9.cl/su7v
Cabanellas de Torres, G. (1993). Diccionario Jurídico Elemental. [Elementary Legal Dictionary]. Editorial Heliasta S.R.L. https://n9.cl/7m6pq
CIGMA Healthwise. (2022). Maltrato físico. [Physical abuse]. https://n9.cl/i6xfm7
Congreso Nacional del Ecuador. (2003). Código de la Niñez y Adolescencia. Ley No. 2002-100. Ley 100. Registro Oficial 737 de 03-ene.-2003. Última modificación: 29-jul.-2019. Estado: Reformado. https://n9.cl/xv83p
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2002). Opinión consultiva OC-17/2002. [Advisory Opinion OC-17/2002]. https://n9.cl/1v0if
Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext),180-205. https://n9.cl/nx847
Rodríguez, A. y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82,179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647
UNICEF. (2006). Convención sobre los derechos del niño. [Convention on the rights of the child]. UNICEF Comité Español. https://n9.cl/pnq7
UNICEF. (2016). Violencia, el principal desafío para la infancia en Ecuador. [Violence, the main challenge for children in Ecuador]. https://n9.cl/unicefecu
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