Sanción por abuso del Derecho en Ecuador
Penalty for abuse of Rights in Ecuador
Leonidas Alfredo Calderón-Proce
dq.leonidasacp21@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo, Los Ríos
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6690-4684
Ingrid Díaz-Basurto
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo, Los Ríos
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-2934-4010
Juan Carlos Arandia-Zambrano
uq.juanarandia@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo, Los Ríos
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-1152-104X
Revisado: 30 de julio 2025
Aprobado: 15 de septiembre 2025
Publicado: 01 de octubre 2025
RESUMEN
El objetivo de la presente investigación fue analizar la sanción por abuso del derecho en Ecuador. La investigación fue descriptiva no experimental, con una abordándose una población de 30 sujetos. Los resultados admitieron reconocer el abuso del derecho, a partir de agresiones de quienes en el ejercicio de poder abusaron de la situación jurídica y del derecho, se demostró como este exceso de límites de derecho, vulneran a las partes procesales; se concreta además que a pesar de esta figura corresponde situarla dentro de los lineamientos generales de la ilicitud, se ha confundido con otras limitaciones de derechos como lo son la prohibición legal y el incumplimiento de obligaciones. En conclusión, el abuso del derecho es un ilícito civil que encamina a la inmoralidad de las normas, puesto que, en una acción civil, el actor se aleja de su fin legítimo, para degenerar y producir un daño al demandado.
Descriptores: Derecho a la justicia; administración de justicia; Ley; sanción penal; abuso de poder. (Tesauro UNESCO)
ABSTRACT
The objective of this research was to analyze sanctions for abuse of rights in Ecuador. The research was descriptive and non-experimental, with a sample size of 30 subjects. The results recognized abuse of rights based on attacks by those who, in the exercise of power, abused the legal situation and the law. It was demonstrated how this excess of legal limits violates the rights of the parties to the proceedings. It was also found that, although this concept should be placed within the general guidelines of illegality, it has been confused with other limitations of rights, such as legal prohibition and breach of obligations. In conclusion, abuse of rights is a civil offense that leads to the immorality of the rules, since, in a civil action, the plaintiff deviates from his legitimate purpose to degenerate and cause harm to the defendant.
Descriptors: Right to justice; administration of justice; Law; criminal sanction; abuse of power. (UNESCO Thesaurus)
INTRODUCCIÓN
El abuso del derecho suele constituirse en un flagelo que suele pasar desapercibido desde una sanción directa y codificada en las leyes ecuatorianas, en este sentido, al incurrir en abuso por parte de un funcionario público o privado que debe accionar justicia en su proceder, se suele penalizar con infracciones derivadas de una acción calificada como crimen, delito o falta, dejando a la deriva o interpretación subjetiva moral, lo entendido como abuso en el derecho, por consiguiente: Se configura el abuso del derecho cuando se da una desviación o distorsión del espíritu de los derechos, sea porque se ejercen con la fría intención de causar daño, porque no existe un interés actual y propio, o porque se desarrollan con evidente imprudencia o negligencia (Hernández-Velasco & Pardo-Martínez, 2014).
Por tanto, debe considerarse como abuso de derecho todo acto mal intencionado ejecutado por personas conocedoras o no del marco legal del Estado Ecuatoriano, con mayor responsabilidad evidente en quien lo conoce y lo desvirtúa en razón de obtener beneficios atropellando la buena voluntad, procedimientos administrativos – jurídicos, violando la ley, agrediendo psicológica o físicamente a terceras personas, así como quien se vale de su poder o investidura para coaccionar hasta lograr un determinado fin en afectación o detrimento de otros o instituciones.
En el marco de cambio de un Estado liberal con modelo constitucional a un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, trajo como consecuencia un cambio de cultura jurídica para el efecto, la Constitución de la República del Ecuador del año 2008, en su esencia garantista, se enlistan derechos inmersos al debido proceso, que es la columna vertebral de los principios procesales, para brindar eficacia a la seguridad jurídica, de ese modo: Se refiere al principio de buena fe y lealtad procesal y ordena: En los procesos judiciales las juezas y jueces exigirán a las partes y a sus abogadas o abogados que observen una conducta de respeto recíproco e intervención ética, teniendo el deber de actuar con buena fe y lealtad. Se sancionará especialmente la prueba deformada, todo modo de abuso del derecho, el empleo de artimañas y procedimientos de mala fe para retardar indebidamente el progreso de la Litis (artículo 26 del Código Orgánico de la Función Judicial de Ecuador).
Por consiguiente, la doctrina establece tres modalidades en las que una persona puede acudir en el ejercicio del abuso del derecho, estas son; en el momento que hacer respetar frente a terceras personas, hacer respetar en vías jurídicas y el disfrute del contenido. Debido a lo descrito, la investigación tiene como objetivo analizar la sanción por abuso del derecho en Ecuador.
MÉTODO
La investigación se generó desde una metodología descriptiva no experimental, abordándose una población de 30 profesionales del derecho de la ciudad de Quevedo – Ecuador, quienes fueron encuestados mediante un instrumento tipo cuestionario de varias alternativas de respuestas, siendo validado por juicio de expertos y cálculo de coeficiente Alfa de Cronbach con resultado de 0,86 siendo catalogado confiable para su aplicación, de ese modo, una vez recopilado los datos, se procedió al análisis de los mismos, mediante estadística descriptiva para generar una distribución en frecuencias y porcentajes (Arias, 2012; Palella & Martins, 2006).
RESULTADOS
Según los resultados obtenidos el 82% de la población encuestada considera que en los procesos judiciales es frecuente el abuso del derecho por las partes, mientras un 18% considera que no es así. El 75% de las encuestas arrojan que, si están de acuerdo que el Código Orgánico de la Función Judicial, al establecer el principio de abuso del derecho deja libre sus consecuencias a la doctrina, mientras que el 25% contradice aquello. El 92% arroja que es necesario efectuar una reforma al Código Orgánico de la Función Judicial estableciendo sanciones para la parte que abuse del derecho, para de este modo garantizar el principio de la tutela efectiva.
DISCUSIÓN
De los resultados obtenidos de las encuestas efectuadas, se deduce que el derecho, siempre, ha sido víctima de agresiones de quienes, en ejercicio de algún poder, abusaron de la situación jurídica y del derecho (Fuerte-Carrera, et al., 2020), esto puede ser debido a que se excedió de los límites de su ´´derecho´´, esta vulneración a la que están expuestas las partes procesales, se lo conoce como abuso del derecho (López-Díaz, 2012).
Esta vulneración, consiste en la utilización de los medios que provee la ley para ejercer un derecho, con fines distintos a los que persigue la norma y la justicia; es un problema social jurídico, que se extiende a los ámbitos del sistema legal (Castro-Pizarro, et al. 2019), promovido por causas como la debilidad de la Ley a consecuencia de su oscuridad o vacíos, la mala fe y deslealtad de las partes procesales en la relación jurídica que ejercen su derecho y al establecer las consecuencias y responsabilidades se garantizará la tutela judicial efectiva (Rutherford, 2013).
La legislación ecuatoriana en el (Código Orgánico de la Función Judicial), establece el abuso del derecho, dentro del principio de buena fe y lealtad procesal, pero, no determina una sanción concreta ante el cometimiento de esta infracción, sin embargo, se podría cuantificar el daño y perjuicio causado, para de esta manera los Jueces puedan emitir una sanción, considerando que, al momento de cometer abuso del derecho, se está cometiendo un daño y perjuicio al adversario (Comanducci, 2011).
Es por este motivo que, los Asambleístas deberían reformar el Código Orgánico de la Función Judicial, en este sentido, a fin de que, esté en total congruencia con este nuevo paradigma jurídico como es el abuso del derecho, en cuanto, a la sanción que deben imponer los administradores de justicia (Tamayo-Vásquez & Pino-Loza, 2019), de ese modo, podrá corregirse los vacíos existentes en la ley sobre el abuso de derecho, siendo en esencia proponer una sanción, además de una medida restaurativa del perjuicio generado desde el abuso de poder (Morgestein-Sánchez, 2019).
CONCLUSIONES
El abuso del derecho es un ilícito civil que encamina a la inmoralidad de las normas, puesto que, por ejemplo, en una acción civil, el actor se aleja de su fin legítimo, para degenerar y producir un daño al demandado. Desde el diagnóstico del estado actual y con la aplicación de la metodología empleada, se concluye que la Jurisprudencia ecuatoriana trata al abuso del derecho mientras los accionantes como fue en el caso de análisis confunde el abuso del derecho con otras figuras que son especies del género ilícito.
Realizado el análisis jurídico se concreta que a pesar de que se ha dicho que esta figura corresponde dentro de los lineamientos de la ilicitud, se encuentra que se ha confundido a esta figura con otras limitaciones a los derechos como lo son la prohibición legal, el incumplimiento de obligaciones, e incluso se la ha confundido con la fuerza, que está dentro de los vicios del consentimiento.
No monetario.
A todos los factores sociales que influyeron en el desarrollo de esta investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Arias, F. (2012). El Proyecto de Investigación introducción a la metodología científica. (6ª ed.). Caracas: Episteme, C.A. https://n9.cl/ufv5v8
Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador (2008). CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008, Quito, Ecuador. https://n9.cl/hd0q
Asamblea Nacional de Ecuador (2015). Código Orgánico de la Función Judicial. https://n9.cl/gcwdh
Castro-Pizarro, J, Masache-Romero, C, & Durán-Ocampo, A. (2019). La aplicación del Derecho Público en el Ecuador. Revista Universidad y Sociedad, 11(4), 350-360. https://n9.cl/mgkdy
Comanducci, P. (2011). El abuso del derecho y la interpretación jurídica. Revista de Derecho Privado, (21), 107-118. https://n9.cl/phdbgm
Hernández-Velasco, H. E., & Pardo-Martínez, O. (2014). La aplicación de la teoría del abuso del derecho en la jurisprudencia colombiana. Opinión Jurídica, 13(26). https://www.redalyc.org/pdf/945/94535421008.pdf
López-Díaz, P. (2012). El abuso del derecho de opción del acreedor y su importancia en la construcción de un sistema equilibrado de remedios por incumplimiento contractual. Revista chilena de derecho privado, (19), 13-62. https://n9.cl/yh0hy
Morgestein-Sánchez, W.I. (2019). El principio de la prohibición del abuso del derecho. Una referencia especial al abuso del derecho de voto de los asociados minoritarios en las compañías mercantiles colombianas. Revista Jurídicas, 16(1), 104-119. https://n9.cl/7uges
Rutherford, R. (2013). La "aemulatio" y el abuso del derecho. Revista de estudios histórico-jurídicos, (35), 635-651. https://n9.cl/4da5bd
Tamayo-Vásquez, F., & Pino-Loza, E. (2019). Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes en los procesos Arbitrales. IUSTITIA SOCIALIS, 4(7), 97-114. http://dx.doi.org/10.35381/racji.v4i7.357
Palella, S. & Martins, F. (2006). Metodología de la investigación cuantitativa. (2ª ed.). Caracas: Fedupel. https://n9.cl/fcukh
©2025 por los autores. Este artículo es de acceso abierto y distribuido según los términos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).